
Si es una empresa o profesional y está pensando en adquirir un inmueble para obtener beneficios con su venta,
¿Cómo?, pues lo primero que debe plantearse es la finalidad de la compra del inmueble, si su objeto es la obtención de beneficios a través del alquiler o de la venta.
Este artículo es para la segunda opción, la obtención de beneficios con su venta.
El Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados en Andalucía es el 8,00% generalmente. Pero si se trata de una empresa o profesional puede optar por el tipo de gravamen del 2,00%, lo que en un inmueble con precio de compra de, por ejemplo, 200.000€, supone un ahorro de 12.000€ en el ITyAJD.
Los únicos requisitos para poder acogerse a esta reducción son los siguientes:
- Que la empresa incorpore la vivienda a su activo circulante
- Que la vivienda adquirida sea objeto de transmisión dentro de los cinco años siguientes a su adquisición
La conclusión, es que estamos tratando con un ahorro que aumenta notablemente nuestro margen de beneficio y está claro que, en el caso de dedicarse a la compraventa de inmuebles, no supone impedimento alguno el cumplimiento de los requisitos anteriores.
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